Suprema Corte avala congelamiento de cuentas por UIF sin orden judicial
La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para congelar cuentas bancarias sin requerir orden judicial previa. Esta decisión jurisprudencial confirma que la UIF puede actuar de manera inmediata en casos de presunto lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, basándose en sus propias investigaciones preliminares. Desde una perspectiva constitucional, la Corte argumentó que esta facultad se encuentra respaldada por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. El tribunal consideró que el congelamiento temporal no constituye una medida cautelar que requiera intervención judicial previa, sino un acto administrativo preventivo dentro de las competencias de la UIF. La resolución genera implicaciones significativas en materia de derechos patrimoniales y debido proceso. Si bien busca fortalecer la lucha contra el crimen financiero, abre cuestionamientos sobre la protección de los derechos de los afectados y la posibilidad de recursos inmediatos para impugnar estas decisiones administrativas sin intervención judicial.